Según el artículo 7 de los estatutos del Grupo de Desarrollo Rural Guadalteba, podrán formar parte de esta Asociación, todas aquellas entidades dotadas de personalidad jurídica propia, mediante representación debidamente acreditada, así como las personas naturales, mayores de edad y con plena capacidad de obrar, siempre que lo hagan como titulares de sus empresas, una vez así lo soliciten y sean admitidas por la Junta Directiva.
Documentación a presentar
Persona Física
Persona Jurídica